Facturación electrónica y certificados digitales

¡Hoy estamos de estreno! Por fin abrimos nuestro blog corporativo de Camerfirma Perú y vamos a hacerlo presentando algunos conceptos básicos de nuestro sector que puede que no se conozcan.

Este blog pretende ser una herramienta de consulta útil para que todas las personas interesadas en seguridad digital, ya sea personal o corporativa, puedan resolver sus dudas.

Puede que inicialmente conceptos como ‘seguridad digital’, ‘certificado digital’ o ‘notificaciones electrónicas‘ suenen a algo complicado o incluso poco relacionado con mi actividad diaria. Sin embargo, cada vez más estos términos están empezando a formar parte de nuestro día a día. Por ello, en este blog los vamos a presentar con un lenguaje sencillo y didáctico.

Queremos que se nos entienda.

En un mundo digital que ya está aquí, y que ha llegado para quedarse, la seguridad y la confianza digital se ha convertido en un elemento imprescindible para el desarrollo de las empresas. Pero no sólo el mundo corporativo es el que se ha visto afectado por esta transformación. Como persona natural también tendrás ocasión de utilizar tu propia e intransferible identidad digital, que te permitirá realizar trámites y gestiones online con todas las garantías legales. Es más rápido, más cómodo, pero, sobre todo, más seguro. Efectivamente, el futuro ya está aquí. Así que, ¿no quieres estar un paso adelante y aprender algo más sobre ello?

Empecemos por el principio: ¿qué es una factura electrónica? Llevamos ya varios años escuchando este término, pero ¿sabemos realmente lo que es? La SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria) ofrece una definición muy concreta y precisa:

‘Una factura electrónica es el comprobante denominado FACTURA, emitido a través del sistema de emisión electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente’.

Esta definición, a pesar de su sencillez, nos podría dejar algunas dudas: ¿cómo se emite esta factura? ¿Una factura escaneada se considera factura electrónica? ¿Sólo se debe digitalizar la factura o haría falta algo más?

Vamos a intentar precisar un poco más el concepto: una factura electrónica es una factura (de las de siempre) en formato digital.

Tiene exactamente el mismo valor legal y fiscal que cualquier factura en papel pero, y aquí está lo importante, siempre y cuando aparezca firmada por medio de un certificado digital.

Como dato importante, hay que señalar que SUNAT establece que desde inicios de este año todos los contribuyentes que factures más de 75 UIT están obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos. Además, los contribuyentes con ingresos anuales mayores a 23 UIT y menos a 75 UIT deberán emitir facturas, boletas de venta, tickets y notas electrónicas desde el 1 de setiembre de 2021 (221-2020/SUNAT). ¿Y cuál es la razón de esto? Un mayor control de las actividades económicas del país, como base para el desarrollo de la nación y una mayor prosperidad.

Por tanto, si estás en alguna de las situaciones anteriores, la emisión de comprobantes electrónicos es obligatorio, o lo será en poco tiempo, y hay multas e incluso cierre de operaciones por incumplimiento.

¿Cómo emito mi comprobante electrónico?

Ya hemos visto que la facturación electrónica es obligatoria para las empresas y que ésta sólo tiene validez por medio del certificado digital. Pero, ¿qué son y en qué consisten estos certificados digitales?

De nuevo, acudamos a la definición de la SUNAT:

Un certificado digital es ‘aquella herramienta tecnológica que permite la integridad, seguridad y el no repudio de las transacciones electrónicas’.

Para entenderlo mejor: todos tenemos una identidad, o, en algunos casos, diferentes identidades. Por ejemplo, está mi identidad como persona natural, pero también está mi identidad como persona dueña de un negocio o como profesional colegiado. Además, mi empresa también tiene una identidad como persona jurídica. Pues este certificado digital es la versión electrónica de una identidad. Se trata tan solo de una garantía para validar legalmente las gestiones, operaciones y trámites que hagamos online.

El artículo número 6 de la Ley 27269 de Firmas y Certificados Digitales lo define de una forma mucho más precisa pero quizá, algo más técnica:

Un certificado digital es ‘el documento electrónico generado y firmado digitalmente por una Entidad de Certificación, la cual vincula un par de claves con una persona determinada confirmando su identidad’.

Es decir, para que exista un certificado digital debe existir obligatoriamente una Entidad de Certificación. Así que vamos terminando de aterrizar conceptos.

Resumiendo lo anterior. La ley obliga a los contribuyentes que facturen más de 23 UIT a emitir comprobantes electrónicos. Para firmar estos comprobantes es necesario disponer de un certificado digital. Las Entidades de Certificación, o Entidades de Registro delegadas por ellas, son las que pueden emitir dichos certificados. Así, se garantiza la total seguridad en las operaciones comerciales.

Por favor, no olvides que sin un certificado digital los comprobantes electrónicos (facturas, boletas, etc.) no tienen valor jurídico alguno.

¿Cómo consigo mi certificado digital?

Ya hemos dicho que este documento electrónico es generado exclusivamente por Entidades de Certificación debidamente acreditadas por INDECOPI.

Entidades de Certificación como Camerfirma que, con presencia en varios países, contamos con una amplia trayectoria y liderazgo dentro del sector. Puedes conocer nuestros servicios de certificados digitales AQUÍ.

Vivimos un momento de gran aceleración digital y tecnológica. Cada vez más, nuestras actividades se realizan de forma online. No es una moda ni algo pasajero. Todo lo contrario: esta tendencia ha llegado para quedarse e irá a más.

En Perú , ya es obligatorio facturar electrónicamente y sin un certificado digital no podremos hacerlo. No lo pienses más y solicítalo.

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